Pagaré Mancomunado

El pagaré mancomunado o solidario es un pagaré que cumple con todas las características del pagaré simple, pero con la circunstancia de haber sido realizado por varias personas (giradores). Todos los giradores adquieren la obligación mancomunada y esta puede ser:

  • Que cada uno de los suscriptores quede obligado en pagar una fracción o parte del crédito
  • Que cada uno de los suscriptores quede obligado en pagar la totalidad del documento.

    Firma de documento

    Firma de documento

Estando obligados a realizar el pago en el plazo establecido en el documento quedando exentos del mismo al haber sido liquidado el adeudo por todos los giradores (en el primer caso).

La culminación del adeudo en el segundo caso se establece si todos pagan dicho compromiso en partes iguales o si uno de los giradores paga el documento en su totalidad sin intervención del resto.

En el caso de que el pago se realice en forma fraccionaria se repartirá en la forma más conveniente entre las partes y se podrá anotar en la parte trasera del documento el pago que deberá realizar cada uno de los obligados.

Los abonos de las partes se anotan igualmente al reverso y si se diera el caso de que el pagaré se quedara sin espacio para anotar los abonos, se escribirán en un documento a parte que desde ese momento formará parte del pagaré.

El pagaré es susceptible a muchas variantes

El pagaré llenado por dos deudores en favor de una persona física

Citar en formato APA: ( A. 2013, 01. Pagaré Mancomunado. Letra de cambio. Obtenido , de https://letradecambio.net/pagare-mancomunado/.)

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