Fechas del pagaré · México
Vencimiento de un pagaré en México
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Un pagaré con fecha fija vence el día indicado para pagar. Si no señala vencimiento, se considera pagadero a la vista. Que esté vencido no significa que la deuda haya desaparecido ni que ya no pueda reclamarse.
Dos fechas del documento, dos funciones
Daniel Rivas Soto suscribe un pagaré por 2.500,00 MXN a favor de Clara Montes Vega. El modelo tiene una fecha de emisión y otra de vencimiento: para saber cuándo corresponde pagar, lee la segunda.
- Se emite26/10/2026
Fecha de suscripción. Identifica cuándo se crea el documento; no es la fecha de pago.
- Vence30/11/2026
Fecha fija prevista para pagar los 2.500,00 MXN del ejemplo.
- Día siguiente01/12/2026
Si no se ha pagado, la fecha de pago ya pasó. Eso no convierte el documento en incobrable.
Esta lectura supone que el pagaré permanece pendiente, sin pagos ni modificaciones. La guía de abonos presenta otra situación con el mismo importe y participantes: allí se acepta y registra el pago anticipado.
No sumes tres años a la firma para obtener el vencimiento. En este modelo, el día de pago ya está escrito: 30/11/2026.
Localiza la cláusula que realmente tiene tu pagaré
«El 30 de noviembre de 2026»
Es el caso del modelo: señala un día concreto. No se obtiene contando desde la firma.
Pagadero a la vista
El art. 171 suple la falta de fecha. No significa duración ilimitada: hay que revisar presentación y plazos aplicables. No es una invitación a firmar en blanco.
La presentación importa
El art. 172 exige presentarlo dentro de los seis meses siguientes a su fecha para fijar el vencimiento. No basta con conocer el día de emisión.
Revisa el texto completo
Varios pagarés y un solo documento con varios pagos no son situaciones intercambiables. No apliques esta cronología sin revisar la cláusula exacta y los documentos relacionados.
La época de pago y la fecha de suscripción son datos distintos en el art. 170. El art. 174 remite a otras reglas de vencimiento; una fecha inhábil o un plazo contado en meses necesita su revisión específica.
Vencimiento, prescripción y caducidad
Vencimiento
Responde a cuándo corresponde pagar. En el modelo: 30/11/2026.
Prescripción
Se refiere al plazo para ejercer una acción. Para la acción cambiaria, el art. 165 establece tres años, con los puntos de partida que prevé la norma.
Caducidad
Tiene supuestos y términos propios. No es otra manera de decir «han pasado tres años»; los arts. 160–164 y 173 distinguen situaciones concretas.
¿Desde cuándo se cuenta la acción cambiaria directa?
La jurisprudencia 1a./J. 15/2009, registro 167427, interpreta los arts. 81, 165 y 174: el cómputo comienza el día siguiente al vencimiento. En el ejemplo, ese día es 01/12/2026, no 26/10/2026.
La ficha oficial identifica el criterio como jurisprudencia de la Primera Sala. La cronología muestra ese punto de partida; no fija la última fecha para demandar ni resuelve interrupciones o particularidades de una reclamación.
Por qué un abono o una llamada no resuelven el cómputo
El art. 166 regula la interrupción por demanda y sus efectos respecto de los obligados. Para valorar una reclamación, hay que ordenar pagos, reconocimientos y actuaciones; no asumir que cualquier contacto reinicia automáticamente todos los plazos.
Qué hacer si la fecha de pago ya pasó
- Reúne el documento completo: anverso, reverso, anexos, firmas y cláusula de vencimiento legibles.
- Ordena los movimientos: pagos, recibos, acuerdos y comunicaciones, con sus fechas. Separa capital, intereses y gastos reclamados.
- Identifica a las personas: quién reclama, quién suscribió y si hubo endosos o avales.
- Comprueba las actuaciones: conserva notificaciones y documentos judiciales. Si hay un procedimiento, sus plazos requieren revisión inmediata.
El vencimiento no extingue por sí solo el cobro. El art. 168 contempla, bajo requisitos, una acción derivada de la relación que originó el título. Tampoco puede garantizarse que esa alternativa proceda en cualquier caso.
Un abono deja constancia de un pago; no cambia por sí solo la fecha escrita. Si se acordó una prórroga o se emitió otro documento, revisa ese acuerdo junto con el original.
Continuar con el modelo mexicano
Formato y ejemplo
Word y PDF del pagaré con fecha fija que se explica aquí.
Ver los formatos →Cómo llenar el pagaré
Ubica la fecha de emisión y la de vencimiento entre sus campos.
Revisar los campos →Abonos y saldo
Comprueba cuánto se recibió y cuánto capital queda pendiente.
Ver los movimientos →Qué cambia al endosar después del vencimiento →
Para ubicar estas fechas en el documento, consulta las partes de un pagaré. Esta guía desarrolla las reglas de México.
Fuentes
México, pagaré en papel. Consulta del 26/10/2026: LGTOC, arts. 81, 160–168 y 170–174 y historial oficial (última reforma indicada: 26/03/2024); ficha de jurisprudencia 167427 y resolución 116/2008-PS, páginas 23–24.