Letra de cambio endosada
Las letras de cambio como títulos de crédito que son, pueden ser susceptibles de comercio, debido al valor que conllevan, y por ello pueden cambiar de propietario.
Para tal fin es necesario endosarla, y esto consiste en escribir el nombre del nuevo propietario en la parte trasera del documento y debe contener a las dos partes que son:
- El endosante (quien cede el derecho del documento) y
- El endosario (que es el que recibe el derecho sobre el mismo)
En caso de que el documento se encuentre imposibilitado de ser suscrito por la parte posterior, se añadirá un fragmento de papel, en el cual se continuarán los endosos y en su caso los abonos.
Se aclara que la acción de añadir un fragmento al documento no altera su validez y podrá ser endosado las veces que se considere necesario, limitándose solamente por la prescripción del documento.