Vencimiento de un pagaré

Los pagarés tienen, como todo título de crédito, un tiempo límite de validez, el cual es designado conforme a las legislaciones mercantiles de cada estado; por ende, cada país y en particular cada entidad federativa o estado, puede realizar y establecer normas que regulen los términos de cada documento.

 El vencimiento de un pagaré es muy importante y debe siempre tomarse en cuenta, pues dicho vencimiento marca la posibilidad de comenzar una instancia judicial (generalmente juicio ejecutivo mercantil), que tiene como objetivo resarcir el derecho del acreedor por el monto económico del documento.

El vencimiento de un pagaré varía en plazo por días no hábiles o festivos.

En el caso de que caiga en un día inhábil se recorre al día hábil siguiente, y en caso de que las partes lo consideren así, pueden renovar la vigencia del documento, fijando otro plazo.

Existe el plazo a la vista y que es cuando el pagaré corre en vigencia cuando es presentado para su cobro y por lo general es un plazo de un año.

Se puede omitir la fecha de vencimiento, cuando es firmado en blanco, y es muy utilizado por empresas que tratan de solventar una garantía. En estos casos el vencimiento o plazo comienza en el momento en que se exige su cobro.

Es conveniente aclarar, que si un documento pierde su validez por vencimiento, el derecho del acreedor se pierde y no podrá cobrar dicho monto por ningún medio.

La prescripción se interrumpe en forma inmediata al presentar ante la autoridad correspondiente la debida denuncia.

En los documentos de crédito, al entrar en instancia judicial, se interrumpen los plazos de vencimiento, y pasa al proceso para definir el monto total, sumando los intereses y las costas judiciales correspondientes.

El vencimiento de un documento, (título de crédito) también se interrumpe en caso de que se realice un abono, contándose desde la fecha de dicho abono en adelante una nueva prescripción, siempre conforme a los plazos que establezca la ley correspondiente.

Este tipo de litigios puede demorarse e incluso se pueden gestionar peritajes sobre la validez o invalidez del documento en cuestión, así como peritajes sobre la validez de las firmas plasmadas.Vencimiento del pagaré

Es por ello, que es muy recomendable que al firmar títulos de crédito, se realice con un contrato o convenio que formalice dicha transacción y firma de documentos.

También es común que un notario certifique estos procedimientos, sobre todo en el ámbito empresarial, donde se manejan grandes cantidades de dinero.

Los vencimientos o pérdida de validez de un documento se presentan por:

  • Vencimiento del documento por la fecha.
  • Muerte del acreedor.
  • Muerte del deudor.
  • Por resolución judicial.

Citar en formato APA: ( A. 2018, 06. Vencimiento de un pagaré. Letra de cambio. Obtenido , de https://letradecambio.net/vencimiento-de-un-pagare/.)

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  1. Ruben, comentó hace 8 años:

    Pregunta: ¿cuánto tiempo de validez tienen los pagarés?

    • Victor, comentó hace 8 años:

      Hola Rubén:
      Por lo general los pagarés tienen una vigencia de tres años que se cuentan a partir de la fecha en que fue creado, esto puede cambiar según la ley de cada país.
      Durante este lapso puedes realizar o recibir pagos completos o parciales, dando por terminado el pagaré, si el pagaré pasa ese periodo entonces pierde validez.

      Hay que aclarar que el pagaré puede cobrarse por vía judicial hasta antes de vencerse, incluso un día antes y si está en proceso judicial en la mayoría de los países se suspende la prescripción del documento hasta la resolución judicial.

      Saludos.

      • Hola me gustaría que me ayuden hoy, me llamó un abogado diciendo que tiene un pagare firmado por mi hace 4 años, según él me embargará pero ya pace por un embargo hace 4 años hoy estoy sin trabajo aun tengo cuenta que pago judicialmente según usted que me sugiere en este caso …

        • Victor, comentó hace 7 años:

          Hola Ana:

          En tu caso hay que ver cómo es la ley del Paraguay, pero es recomendable revisar si existe alguna demanda en su contra. En el código civil de Paraguay y tiene una vigencia de cuatro años, la única posibilidad de que le cobren el documento es que hayan abierto antes de la prescripción el juicio y si ya la embargaron debe revisar si no es un nuevo juicio sobre el mismo documento o si hay otro documento cobrable.

          Mejor revise si hay acciones en su contra en los juzgados mercantiles, pues puede ser víctima de un fraude.

    • Rogelio, comentó hace 1 año:

      Tengo pagarés sin fecha de vencimiento, todo lo demás está estipulado en el mismo pagaré, hasta aval, ya pasaron casi 7 años de la emisión de estos pagarés, no he querido hacer nada al respecto, pues es un familiar. Sin embargo, al ver que ni siquiera me busca para saludarme o disculparse, estoy pensando en cobrarle. ¿Qué puedo hacer?

  2. Pedro, comentó hace 8 años:

    Tengo un pagaré que supuestamente mi cliente me iva a pagar en dos meses pero ya tiene siete, que puedo hacer ya estará vencido.

    • Victor, comentó hace 8 años:

      Hola pedro:
      Es necesario que consultes la ley de tu país, pues generalmente tienen una vigencia de tres años, si no está vencido puedes demandar el pago ante la autoridad correspondiente, ignoro cuál autoridad corresponde en Nicaragua pero a primera vista estás en plazo para cobrarlo.

  3. omar, comentó hace 8 años:

    Yo firme un pagare ase más de tres años con una persona particular, no empresa ni nada por el estilo por la cantidad de $45,000 y solo pague $15,000 nunca mencionamos ningún interés ni nada x el estilo, ahora me hablaron para decirme que les debo $100,000 se puede o no proceder de esa manera y que debería hacer para pagar solo lo que faltaba.

    • Victor, comentó hace 8 años:

      Hola Omar:

      Los pagarés tienen un plazo de vigencia, y si ya pasaron los tres años sólo pueden cobrarlo mediante una demanda ordinaria mercantil. Los intereses los marca la ley y no pueden ser mayores a lo que marca la ley en México es conforme a la tasa de inflación, pero es cuestión de revisar el código mercantil del Estado de Baja California.

      Para cobrarte después del vencimiento o al límite del vencimiento forzosamente te tienen que demandar y puedes pedir el peritaje del documento. La demanda que procede es civil y no pueden cobrarte el monto que dices si no prueban que la tasa de inflación les dé los intereses.

      Lo que puedes hacer es demandar fraude ante la autoridad correspondiente.

  4. Hola:
    Yo tengo 12 pagarés de 5000 pesos cada uno, y están firmados desde hace dos años atrás. El tipo no me quiere pagar, no se que hacer o que hago para cobrarle

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola Natasha:

      Lo que tú puedes hacer es directamente demandar el cobro del documento, me parece que en Argentina el plazo es de tres años, igual que aquí en México, así que tienes que demandar antes de que venzan los documentos, siendo así el encargado de cobrarle la autoridad, que en este caso es el Juez, quien en caso de negativa tiene la fuerza coercitiva del poder público para cobrar el monto correspondiente.

  5. Hola muy buenas tardes yo hace mas de 3 años firme un pagare por 5,000.0 0 al tipo le estuve dando cada mes 1,000.00 de repente se me desaparecia y volvia y me decia mi jefe ya me esta pidiendo los documentos para la demanda y yo le decia pues desde cuando te pague pero el nunca me firmo ningun abono que yo le daba que porque me decia por confianza no seas simple no pasa nada, uno tonta que creia que el era amigo , me hablo hace dias para decirme que su jefe le esta pidiendo los papeles para empezar con los embargos, si se puede hacer esto?? a una amiga si la embargaron pero ella de plano le dijo que no l iba a pagar que porque ya le habia requetepagado con todo lo que le habia dado

    • Morris, comentó hace 7 años:

      Lo mejor es que contactes con un abogado lo antes posible.

  6. Hola buena tarde. ¿que tanto de valides tiene el pagaré? ya que quiero hacer un trato pero necesito saber si tienen valides como tal o tengo que ir con un notario publico.

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola:
      El pagaré tiene valor por sí mismo, pero si se encuentra apoyado por un documento que tenga el aval del notario, tiene más validez, pero la acción del notario tendrá la función de prueba de relación económica y circunstancias de la firma, pero en sí el documento pagaré tiene valor por sí mismo y se cobra en forma independiente de cualquier acción de un notario que dé fe.

      Saludos.

  7. Por favor, algún abogado que me pueda ayudar, tengo una sentencia judicial en mi contra por un pagaré, que fue utilizado en otro proceso anterior también en mi contra y que fue con sentencia a mi favor, en 1ª y 2ª instancia, el abogado que me representó argumenta que el pagaré está vencido porque utilizaron la cláusula aceleratoria en el primer proceso y que esta cláusula no se puede usar dos veces, estoy esperando el fallo en segunda instancia, les agradezco cualquier ayuda, pues van a rematar mi casa.

    Mi residencia está en Cali, Colombia mi celular es el 3-11-39-15-37.

  8. Tengo un pagaré del 20 de Marzo del 2013, ¿tengo posibilidades de cobrarlo si en la ley dice que a la vista son seis meses más?

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola Vicente:

      Veo que el documento se encuentra en Estados Unidos, pero la prescripción en general es de tres años contados a partir de la firma y en tu caso es el 20 de Marzo de 2013, directamente vencería el 20 de marzo de 2016, y si nos ajustamos a la ley norteamericana (la desconozco) pero en caso de ser cierta la exclusión, en cuanto la admita el juez correspondiente, debería ser válido el documento.

      Es mejor que contactes con un profesional que te pueda asesorar mejor, pero aparentemente sí se puede cobrar.

      Suerte.

  9. En referencia a la interrupción de la prescripción por la realización de un abono al pago principal, este deberá de inscribirse en el reverso del documento base, la interrogante es quien hace esa inscripción solo el tenedor del documento, o bien este a abono asentado debe ser firmado por al deudor, ya que de lo contrario que certeza se tiene de la veracidad de el abono ya que puede tratarse solo de una estrategia para interrumpir la prescripción.

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola Omar:
      Hasta donde conozco no interfiere, pero la interrupción generalmente se hace mediante el proceso judicial, si se realiza un pago, me parece que no evita que el documento pueda vencer por la fecha marcada.

      En esos casos suele hacerse un juego nuevo de documentos y se firman por el mismo monto, todo igual, pero con fecha más reciente. Si la persona no acepta el trato propuesto, la única forma sería abrir el litigio ejecutivo Mercantil, que interrumpe la prescripción del documento.

  10. pablo, comentó hace 7 años:

    Si por ejemplo pido prestado pero a la persona le estuve pagando los intereses y por descuido nunca me dio recibo, me fue apuntando los intereses en pedazos de libreta, y a la hora de liquidar me dice que nunca me recibió los intereses por que dice que no le aboné, y que depositó los pagares para su cobro, qué hago por que tengo nada más lo que me presto y no tengo más. No puedo finiquitar esta deuda.

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola Plablo:
      Lamentablemente los pagos que realizaste no quedaron marcados, se tenían que apuntar en el pagaré los abonos, así que el monto íntegro se encuentra cobrable.

      La deuda está como si no hubieras pagado nada.

  11. Mario, comentó hace 7 años:

    Hola, tenia un negocio de reparación, cerré porque no funcionó, casi al momento que abrí, un cliente me encargó la reparación de un electrodoméstico, pasado el año año y medio, que es cuando cerré. El cliente visitó el negocio dos veces, pero nunca dio nada a cuenta de la reparación, se le llamó para avisarle que se cerraría, que fuera a recoger su electrodoméstico, pero cambió de numero telefónico, así que cerré el negocio y su electrodoméstico se desechó, no tenía para pagar donde embodegar y el lugar donde vivía no lo podía conservar. El punto es que encontré a esta persona en la calle, ya noche afuera de un centro comercial y me hizo firmar un pagaré, amenazándome que tendría problemas si no lo hacía, traía a mis dos hijos pequeños de un año y dos y medio, lo tuve que hacer, exigiéndome la cantidad en el lapso de un semana. ¿Qué puedo hacer para que está situación se atienda con justicia?

    • Morris, comentó hace 7 años:

      Consigue un abogado.

  12. MARTA, comentó hace 7 años:

    Tengo 12 pagarés firmados del 2014 ¿Aún los puedo cobrar?

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hay que revisar la fecha de emisión, la probabilidad es alta, y si no ha vencido sí lo puedes hacer, pero será mediante acción judicial para suspender la prescripción de ley. Hay que revisar si en argentina el periodo de validez del pagaré es de 3 o de 4 años.

  13. Hola, buenas tardes, mi problema es que hice un préstamo grupal de 10 personas, fallamos en los últimos cuatro abonos, se desembolsáron 40 mil pesos por el grupo, pero ahora nos están cobrando 120,000.00 y que nos tocan de 12,000 pero no nos hacen válido los abonos que nos dieron, vinieron a embargar pero no tengo nada para que embarguen, qué puedo hacer, espero y me puedan ayudar.

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola Teresa:
      La situación del pago es que si es en un pagaré éste puede ser cobrable por vía judicial, pero en tu caso, si ya se hicieron pagos por un monto de 40,000.00 es necesario que verifiques si se anotaron en el pagaré, si es el caso, se tienen que reducir en la forma alícuota de cada deudor, así si tu realizaste tu pago correspondiente, es mediante juicio que se debe verificar que y quien hizo los pagos correspondientes.

      En conclusión, es que si está anotado el pago en el pagaré (así se debe hacer) no pueden cobrar ese monto, si no lo apuntaron entonces los están estafando y debes ir a juicio de aclaración.

  14. Nohemi, comentó hace 7 años:

    Hola:
    Estoy rentando una casa e hice un contrato por un año, y como garantía me pidieron que firmar 12 pagarés.
    Desafortunadamente el dueño falleció antes de que le diera la primera renta y la viuda continuó cobrando los pagarés y no había problema.
    Me pidió la casa y no tuve problema, continuó cobrando los pagarés y no había problema, me pidió la casa y no tuve problema, conseguí otra casa y cuando le iba a entregar las llaves de su casa me dijo que su hermano le comento que de cualquier manera tenía que pagar los pagarés que restan.
    No he devuelto las llaves y no sé cómo debo proceder, ya que no tengo copia del contrato de arrendamiento, por lo que la señora se negó a darme la copia que su esposo tenía para mí.

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola Nohemí:
      El problema con los pagarés es que tienen valor por sí solos, independientemente del contrato, esto hace que tengas el problema de que estés obligada a pagar ese monto sólo por haberlos firmado.
      La situación de tu problema deberías resolverla consultando a un abogado, pues no se sabe de qué monto son los documentos y cuánto tiempo les queda de validez, que por el cálculo práctico es de tres años de validez, esto si hablas de un contrato por un año.
      Los documentos faltantes pueden ser cobrados por vía judicial, y el problema se agrava por la falta del contrato.

  15. Hace cuatro años estuve trabajando en una empresa, en la cual firmé un pagaré, al día de hoy se acerca un abogado diciendo que le debo $1000 mil pesos a la empresa, cosa que le dije que por qué hasta hoy se acercan, que si le debiera ese dinero a una empresa lo más recurrente fuera que me cobrara al salir de ella, lo cual al día de hoy no deja de hostigarme y amenazar a mi familia.

    • Victor, comentó hace 7 años:

      Hola:
      Si el pagaré lo firmaste entrando a la empresa y pasaron cuatro años ese documento ya no es válido para su cobro judicial convencional, y dentro de las empresas esos documentos se denominan cuentas incobrables, pues es por vía civil como se pueden cobrar.

      Existen agencias de cobro que compran esos documentos y tratan de cobrarlos, cuando lo compran es por una fracción muy reducida del monto y posteriormente lo tratan de cobrar.

      Además por la cantidad que mencionas es de mil pesos, a menos que te equivocaras al escribir y fuera de cien mil pesos, pero de cualquier forma la posibilidad de que ese documento no sea cobrable es muy reducida a menos que exista alteración del documento.

      Lo más conveniente es entrar a juicio, y en dicho juicio es posible que se requiera de peritaje para corroborar fechas o falsificación de firmas.

  16. ivan, comentó hace 6 años:

    En la empresa donde trabajo me hicieron firmar un pagaré en blanco, eso fue hace ya un año y el pagaré tenía fecha de un año.
    Ahora me quiero desvincular de la empresa pero tengo miedo de que me ejecuten el pagaré, ¿lo pueden hacer o ya está vencido?

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola Ivan:
      El pagaré tiene una fecha de pago, imagino que esa es la que correspondía a un año y tiene una fecha de vencimiento.

      La fecha de pago pudo haber pasado con el año pero la fecha de vencimiento corre a partir de la fecha de pago que tienes marcada y esto dejaría un lapso de tres años aproximadamente para cobrarse, es necesario que busques en el código de comercio Argentino y si hay un código directamente de tu ciudad es mejor, pues es el que te aplica, me parece que tu ciudad es Residencia.

  17. Nombre, comentó hace 6 años:

    Tengo una consulta:
    Firmé un pagaré para la empresa donde laboraba, yo requisité el pagaré de papelería poniendo fecha de elaboración, a favor de quien, el monto a pagar y mi firma, los demás espacios quedaron en blanco, esto fue hace mes y medio y al día de hoy no me han dicho el plazo para pagarlo ni el interés que se le aplicará, yo he acudido a la empresa a preguntar pero me dice el encargado que no sabe nada del tema. ¿Qué debo hacer en este caso, ya me interesa pagar, pero como se lo expliqué al encargado, no puedo hacerlo en una sola exhibición, gracias.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola:

      El tiempo de pago de un pagaré es de tres años, y que tenga mes y medio deja claro que aún tienes margen. En México el porcentaje viene por ley, así que hay que verificar en el código civil de Puebla o en el código de comercio de puebla los porcentajes que tienen como máximos, pues más altos son ilegales y puedes abrir litigio.

      Aparentemente todo es de buena fe, pero el plazo de pago que tienes para pagar es de tres años.

      • Malu, comentó hace 6 años:

        Hola, me gustaría que me sacara de mi duda . Hace más de 12 año que yo en México firmé un pagaré el cual mandé pagar, pero la persona a la cual le envié el dinero no pagó. Mi pregunta es ¿aún puedo tener problemas legales por dicho pagaré?

        • Victor, comentó hace 6 años:

          Hola:
          Los pagarés prescriben a los tres años, ya tiene tres veces el plazo de vencimiento, así que ese documento no se puede cobrar en ejecutivo mercantil directo, sería por vía civil y es más complicado y por el tiempo que lleva ese documento se cataloga como incobrable o prescrito. Creo que no se puede cobrar ya.

  18. Hola !
    Voy hacer un pagare para una persona cuanto es el tiempo maximo que le puedo dar a esta persona ?

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola:
      El tiempo máximo que se le puede dar es de tres años, contados a partir de la firma del documento, esto es por ley, aunque puede cambiar.
      Viendo que estás en chilpancingo, resulta que en México es un plazo de tres años, después de ese plazo sólo por medio de cobro judicial se debe o puede cobrar.
      Ojo. Si el plazo está por vencer se debe demandar para cortar el plazo, pues si se pasa sólo por vía civil se podría cobrar y es mucho más complicado.

  19. Hola, buenas tardes, disque firmé un pagaré hace un año por hacer el favor a alguien y ahora no quiere pagarlo, no recuerdo si tiene fecha de vencimiento o no, cuanto ¿tiempo tiene validez el pagaré?

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola, en tampico como en el resto de México el periodo de validez es de tres años.
      No queda claro si tu firmaste el pagaré y tienes qué pagarlo o firmaron un pagaré y tienen que pagarte.

      De cualquier forma su validez es de tres años, en esos primeros tres años se cobra por vía ejecutivo mercantil, después de ese periodo solo se puede cobrar por vía civil.

  20. Yo hace casi 4 años firmé un pagaré y no firmé como firmó en mi IFE de echo ni siquiera ni por descuido firmó así en ninguna parte, ahora bien me llega una demanda yo hablo con la persona y le digo que le pagaré en pagos cuando me llegó la demanda el licenciado dijo que sólo tenía que pagar los 4200 del pagare y me dejo una copia del mismo y se vio sorprendido cuando le dije que yo no firmaba así que nunca lo eh echo. Aún así empecé a abonar y al darle le dije que yo ocupaba un recibo al yo pedirle eso la persona se molestó y se negó, le eh dado 3000 y me pidió otros 12000 y ahí acaba la deuda.. el puede hacer eso? Soy de sonora

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola:
      El pagaré en realidad debería estar vencido, tenían que renovar el documento, y si la firma que pusiste no es la oficial el abogado legalmente no tiene fundamento para realizar el litigio.
      Si tu reconoces la deuda puedes pagar y eso sólo evidencia tu honestidad y si requieres un documento de comprobante se te debe dar, en otro sentido si admitieron la demanda es que el litigio se presentó al límite del vencimiento.
      Ahora, si el pagaré es por $4 200 no pueden cobrar $12 000, pues ni con los intereses más altos que marca la ley se eleva tanto. Si lo que quieres es pagar, debes de pagar en el juzgado, pues ahí se llevaría el registro de los pagos y te evitarías pagar de más o que te embarguen, hay que asesorarse de un abogado.

  21. Andres, comentó hace 6 años:

    Hola, estoy en un proceso mercantil por un pagaré que no firmé yo y como es en México lo hicieron valido ante un juez… la pregunta es: ¿quieren mi casa que aun estoy pagando al infonavit, es válido?

    El proceso tiene 4 años aproximadamente, qué puedo hacer.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola: si ya está abierto el juicio lo único que te queda hacer es buscar un buen abogado y rectificar que esa firma no es tuya, que se lleven a cabo los peritajes.

      El Juez sí tiene facultades para quitarte tu casa aunque sea del infonavit. Es muy común que falsifiquen documentos en la actualidad, por eso es que les ponen medidas de seguridad.

      Hay que verificar las fechas, lleva cuatro años, pero si está en litigio se interrumpe el vencimiento del documento.

  22. Martha, comentó hace 6 años:

    Yo trabajé para una prestamista a la cual le conseguí los clientes, ella me daba comisión por cada pago o abono, pero cuando me entregaba el dinero yo le firmaba el pagaré y al entregarlo a la persona solicitante ella me firmaba a mí otro documento, cuando ya lo tenía firmado por la persona que recibía el dinero iba a dejárselos para que me devolviera el mío y me decía que no los guardara para no confundirme.
    El caso es que hoy me demanda porque algunos le dieron abonos e intereses y otros ya no se localizaron, pero tiene abonos, pero se siguen buscando los documentos vencidos que vencieron en 2014, qué puedo hacer, yo tengo los de las personas que ella no me los recibió en su momento y tengo tarjetas de cuando llevaba abono y pago de intereses.

    Y yo tengo en mi poder los documentos de las personas con fecha del préstamo y cantidad y los que ella presentó en la demanda, están las mismas fechas y cantidades.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola Martha:
      Lo más conveniente es que verifiques con un abogado, pues la situación está fuera de los procedimientos admitidos desde el inicio y la circunstancia de los documentos marcan como vencidos y eso marca una irregularidad, además de que hay que verificar cúando se presentaron los litigios.

      Lo recomendable es verificar los documentos que tienes y los que están en el juicio para que se resuelva el problema en los juzgados. Recuerda que tu abogado es muy importante.

  23. Jorge, comentó hace 6 años:

    Si me demandaron por un pagaré que no terminé de pagar a un hospital y contesté la demanda, cuánto tiempo se lleva esto en solucionarse, esto ya no se detiene o me pueden volver a molestar en un año o dos o qué pasa ya iniciado esto, no se detiene.

    Gracias por su atención y su orientación.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola:
      Hay que verificar la fecha del pagaré, la fecha en que se inició la demanda y la fecha en la que hicieron la última actuación.

      a) El pagaré prescribe a los tres años de haber vencido la fecha marcada como límite.
      b) El tiempo de solución depende del caso, si pagas en el juzgado se termina ahí, si no puedes pagar podrías llegar a un arreglo y finalmente existe la prescripción negativa, que es dejar pasar el tiempo y que fenezca el plazo. La prescripción negativa es algo que debes discutir con tu abogado.
      c) Los litigios se pueden terminar si pasan 90 días sin que se haga un trámite por algunas de las partes, eso lo debería investigar tu abogado en el código de procedimientos civiles del Distrito federal ahora Ciudad de México.

      Hay que aclarar que al presentarse en el Juzgado tu documento se detiene la prescripción del documento aunque ya pasara la fecha de vencimiento, se interrumpe el plazo por el inicio de la acción judicial.

      Si el pagaré es por gastos médicos es posible que se pueda omitir por insolvencia y si es por algún servicio que te hicieron o hayas hecho la prescripción sería por cuestión judicial y está entre las que te mencione.

  24. BEN DIA TENGO UN DOCUMENTO DE UN DINERO QUE PRESTE ASE 7 AÑOS ESTA FIRMADO Y NO LE PUSIMOS PLAZO ESTA EN BLANCO EL PLAZO ES DE 1000000 UN MILLON DE PESOS ES PROBABLE QUE PUEDA COBRARLO TODAVIA POR MEDIO DE LE LEY? GRACIAS

    • Victor, comentó hace 6 años:

      El cobro depende de la fecha de emisión, si tiene siete años y tiene la fecha de hace siete años ya pasó el plazo de tres años que marca la ley y le afecta la prescripción negativa en favor de la persona que lo firmó.

      En relación al cobro debes preguntarle a un abogado especializado, pero al parecer hay una instancia civil en México para cobrar estos documentos.

      Conviene que reveces el código de comercio de Nuevo León o a un profesional con experiencia en cartera vencida o recuperación de monto incobrable.

  25. Hola estoy en Bogotá Colombia y en 2008 firme un pagaré por un préstamo de amigo pague pero no lo recuperé y ahora la dueña del pagaré me envía una citación para conciliar pago quiero saber si todavía tiene vigencia.Gracias

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola, en realidad el pagaré prescribe en general en un periodo de entre tres y cuatro años. Lo que deberías hacer es consultar aun abogado de tu localidad para saber si hay alguna instancia civil para cobro fuera del juicio ejecutivo.

      Puedes investigar en la ley o código de comercio de Colombia o la ley equivalente.

  26. Renata, comentó hace 6 años:

    Hola, buenas tardes:
    Yo soy de México, saqué un préstamo en una financiera y nada más me faltaban 5 mil pesos, me quedé sin trabajo y ahora me cobran 34 mil, el pagaré ya se lo pasaron a un Lic. y la verdad sigo sin trabajo, ahí qué procedería y aparte de los de la financiera molestan al que puse de referencia y no fue aval.
    ¿Qué me aconsejan?

    Saludos y gracias.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola Renata:
      El problema que tienes se refleja en el buró de crédito es ahí donde puedes tener un problema para solicitar nuevos créditos. En realidad para tí corresponde la prescripción negativa, pues al ser un monto de deuda inicial de menos de 10 000 pesos al no poder pagar te manda al buró de crédito pero no pueden cobrarte.

      Lo más conveniente es que expongas tu problema en la condusef, y ahí en Guanajuato tiene una sucursal, ellos te asesorarán para que puedas liquidar sólo la deuda real y los intereses que correspondan.

      En relación a lo que te cobran, los 35 000 corresponden al monto mas los intereses moratorios y el porcentaje que aceptaste en el contrato, se supone que si pagas el monto principal con sus intereses en una sola exhibición se deben descontar los demás intereses, eso lo debes de verificar con la condusef.

      Saludos.

  27. Esther, comentó hace 6 años:

    Tengo un pagaré de hace 5 años, vencido y nunca me han dado rédito, quiero saber cuales son los trámites.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola Esther:
      Es necesario que revises la legislación de Santo Domingo en especial la legislación de comercio y civil, para que sepas las posibilidades legales que tengas.

      Consulta a un abogado profesional de tu país.

  28. Se vence un pagaré en marzo de 2018, ¿sí no lo pago qué me pasa, tiene cárcel esa deuda? son 12500000, mucho dinero que no tengo para cancelar, ¿me embargarán? y si no tengo nada a mi nombre pueden embargar a mi esposo, ayuda por favor.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola Alfonsina:

      Desconocemos la legislación de Chile, sobre todo la forma de cobranza en Santiago, pero una solución que puedes tener es la re-negociación del pagaré, firmando uno nuevo con el acreedor y destruyendo el que tienes. Esto se haría en caso de que exista voluntad de ambas partes.

      En otro sentido están en su derecho de cobranza y lo que podrías aclarar es que te encuentras sin ingresos y bienes. No sabemos si en Chile le puedan cobrar a su esposo, pero es probable si están casados en sociedad mancomunada.

      A corto plazo lo más factible es hacer una re negociación.

  29. Buenas, quisiera hacer una consulta, vendí un vehículo de mi propiedad financiado, me entregó una suma y el saldo restante lo pagaría en 14 mensualidades, la cuestión es que el deudor nunca me pagó al día y cuando se acerca no me quiere pagar los intereses y aveces sólo me da la mitad del monto en que habíamos quedado, estuve como seis meses así. Ahora no quiero recibir un pago parcial que sería menos de lo acordado, ya está atrasado 2 meses ya casi 3 y ahora no quiero recibir un pago parcial, el cual sería menos de lo acordado. El contrato privado lo hizo un notario y acordamos que si se atrasa dos meses puedo solicitar el secuestro del vehículo, ¿Qué pasará del dinero que ya me pago, porque quiero recuperar mi vehículo? O en todo caso cuánto interés puedo cobrar por los pagarés vencidos y cuáles serían las tasas legales de interés que puedo aplicar «máxima» sin pasar a usurar (si así se dice)… Estaré agradecido por cualquier comentario.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola:
      Desconocemos los montos y plazos que marque la ley del Uruguay, pero es conveniente que te asesores con un abogado de tu confianza.

      En relación al destino del dinero, los intereses y/o el secuestro del vehículo, puedes inclinarte a cualquiera de ellas, pero siempre con la tutela de la autoridad correspondiente, por tu cuenta propia entre particulares no es recomendable hacer nada a menos que dispongas un nuevo trato con el que compro el vehículo.

  30. Buenas tardes, disculpe tengo una pregunta:
    Hace 10 años un familiar me presto $3000 pesos, esa cantidad la pague pero nunca fui por el pagaré y han pasado 10 años y quieren volverme a cobrar y me piden el total del pagaré más intereses por 101 años.

    Ya quise llegar a un acuerdo en que les vuelvo a pagar los $3000 pesos y que me devuelvan el pagaré y me dicen que tomarán medidas judiciales, ¿eso puede ser posible?

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola:

      Los pagarés tienen una duración de tres años, (eso si lo que firmaste es un pagaré) y si firmaste una letra de cambio tiene la misma vigencia y menos valor de cobrabilidad.

      En tu caso ya pasaron los diez años, por lo que no pueden hacer nada y si reviven el pagaré lo harían falsificando tu firma y eso ya es fraude. Menos pueden cobrarte intereses por diez años.

      Hay una posibilidad de que puedan cobrarte y es si le fijaron una fecha de pago a diez años al pagaré, pero por lo general nadie hace eso en lo particular, sólo en materia empresarial.

      La respuesta es que legalmente no pueden hacer nada.

  31. alexis, comentó hace 6 años:

    Hola, tengo una pregunta:
    Qué artículo o artículos del poder Judicial de la Federación de México me podrían ayudar a combatir un pagaré falsificado donde el deudor tiene 7 años de fallecido y hasta éste año actual demandan por un pagaré que mi familiar nuca firmó, ¿con la fecha de fallecimiento se puede combatir legalmente la invalidez o prescripción de dicho pagaré.

    Además de que esa persona fue notificada del fallecimiento del deudor en el año que el deudor falleció.
    Está notificada de que falleció de este falso pagare.

    • Victor, comentó hace 6 años:

      Hola,
      Desde el momento en que falleció el documento perdió el valor en relación a esa persona, si el pagaré fuere cobrado debía ser en los siguientes tres años de haberse firmado y quien lo podría pagar es la persona que quedó como aval.

      En cualquier sentido el documento es inválido, pues en México los pagarés tienen una vigencia de tres años al haber pasado siete años, es completamente inválido.

      Lo que deberías realizar es un proceso por fraude estando asesorado de un buen abogado de tu confianza.

  32. Tengo un pagaré con la cantidad de 13,000 pesos con la fecha de inicio de 15 de julio de 2016 y vencimiento de 15 de Julio de 2017, cree que se pueda poner el endoso de propiedad con la fecha de 19 de Octubre de 2017 o tendrá algún problema, Ya hasta la cuenta tengo de cuanto es con todo cargo moratorio y con el 20% que por ley me corresponde, 21,450 el total, me podrían dar alguna respuesta.

    • Victor, comentó hace 5 años:

      Hola, el endoso se puede hacer sin problema alguno, y aunque tenga fecha de vencimiento, tras la fecha de vencimiento cuantas con tres años para cobrarlo por vía judicial.

      Sólo tienes que revisar bien el código de comercio y la supletoriedad del código civil

  33. isabel, comentó hace 5 años:

    Me reclaman un documento o pagaré del año 98 y dicen que va a venir un juez a casa, es real que puede cobrarlo, recién hace dos meses empezaron a cobrarlo, antes nunca me llegó nada, gracias.

    • Victor, comentó hace 5 años:

      Hola Isabel, es necesario que consultes con un abogado de tu confianza pues en teoría ese documento tiene 20 años y ya no es cobrable, pero desconozco las leyes de Argentina y no se si tengan algún procedimiento civil para poder cobrarlo.

      Mejor rectifiquen su legislación, pero en primera impresión no se puede cobrar.

  34. Después de una sentencia definitiva por juicio ejecutivo mercantil, hay fecha de vencimiento de un pagare?

    • Victor, comentó hace 5 años:

      Hola, hasta donde sé, no tiene fecha de vencimiento, lo que corresponde es la ejecución de sentencia y por ser un juicio ejecutivo mercantil, durante el juicio se hace el embargo que es un secuestro de bienes que corresponden al monto de lo adeudado.

      Si la persona que debe el dinero no lo paga se rematan los bienes y si el monto de lo obtenido por el remate es mayor a la deuda, al deudor le regresan el remanente o sea que le dan el dinero sobrante de sus bienes.

      En el caso de los remates judiciales hay otra serie de procedimientos, pues se hacen dos o tres subastas:

      Las primeras dos son al moneda
      La tercera es remate

      Si no hay venta en el remate, se realiza la adjudicación del bien para el acreedor y si el acreedor no lo quiere se marca un monto fijo para volverse a rematar la garantía, éste último es a criterio del juez.

      De cualquier forma debes de revisar la legislación de Jalisco.

  35. Vane, comentó hace 5 años:

    Hola, ¿Cuantas veces se puede renovar un pagaré?

    • Victor, comentó hace 5 años:

      No hay un límite en la mayoría de las leyes no hay límite, sólo tienes que revisar el código de comercio o la ley correspondiente de allá.
      Suerte.

  36. sergio, comentó hace 5 años:

    Le firmé a un señor una letra de cambio y hace más de 8 años desapareció y no había terminado de cancelarle, ahora resulta y me dice que le debo intereses de esos 8 años, y que le pague, si no me va a demandar. Pregunto ¿Tiene fuerza ejecutiva esa letra de cambio?

    • Victor, comentó hace 5 años:

      Hola Sergio:
      Esa letra de cambio tiene ocho años de haber sido emitida, y las letras de cambio en términos generales tienen una vigencia similar a la de los pagarés de tres a cuatro años.
      Es necesario que revices con algún abogado de tu confianza si la ley de «El Salvador» en concreto el código civil o de comercio, contemplan el plazo de vencimiento.

      La teoría es que no se puede cobrar y menos intereses.

  37. Miriam, comentó hace 5 años:

    Hola, disculpen, me podrían asesorar, es que firmé un pagaré porque renté una casa, ya desalojé la casa y ya le pague todo y el día que me me entregaría mi pagaré y mi contrato me entrega un pagaré falso que no es el mio, qué puedo hacer si me quiere meter el pagaré, cómo le hago.

    • Victor, comentó hace 5 años:

      Hola, el delito que te podrían formular es el de fraude, lo mejor es que te pongas en contacto con un abogado de tu confianza y le expliques lo sucedido.

      Si pasan tres años de la fecha de firma del documento o de la fecha de vencimiento que le hayan fijado ya no sería cobrable, de cualquier forma es conveniente que verifiquen en la legislación mercantil o civil correspondiente de Aguas calientes o del estado en que te encuentres.

  38. Michel, comentó hace 5 años:

    Muy buenas:
    Tengo una línea de descuento con mi banco, hoy a vencido un pagaré que lo he metido para descontar hace un mes, el pagaré vencido ha vencido por la empresa lo que la ha emitido, y ha sido pasado hoy, ¿cuánto tiempo hay que esperar para descontar el siguiente pagaré?
    Gracias.

  39. Leticia, comentó hace 5 años:

    Me llamó un abogado por una deuda de 2 meses, que sería 600 mil, por los os meses y quiere cobrar 30% por esos 2 meses. Sólo que el contrato que yo firmé está en blanco, no marca cuanto porcentaje lleva. ¿Es verdad que nada más debo pagar 2.5% por cada mes?

    • Victor, comentó hace 5 años:

      No queda clara bien tu dura, pero para cualquier situación es mejor acudir con un abogado competente y de tu confianza.

      Desconozco en realidad cual sería el cambio actual de la moneda Paraguaya, pero el monto de los intereses en una cuenta vencida se puede llegar a elevar en forma exponencial, es mejor que aclares bien la situación de tu documento y tengas el asesoramiento requerido.

  40. Linda, comentó hace 5 años:

    Hola, por favor:

    Mi esposo sacó un préstamo en una financiera hace 3 años y por motivos de salud no se liquidó, se dejo pasar el atiempo y ya no nos cobraron más.

    Hoy nos hablan de un despacho de abogados diciendo que son del INFONAVIT y que están recibiendo un documento en el cual pueden quitarnos la casa por una clausula que hay donde el INFONAVIT no puede estar en problemas legales y ellos deciden si quitarnos o no el derecho a seguirla pagando.

    Hablé con el supuesto abogado del infonavit, me da el número del abogado de la financiera y con la misma voz me dice que tengo media hora para que se entregue un documento donde el abogado de la financiera desista de involucrar al infonavit. ¿Pueden quitarnos la casa que se sigue pagando en forma?

    Mi esposo jamás dejó los documentos del infonavit, no sé de dónde sacaron la información. La deuda fue por 26 mil pesos y cobran 48 mil pesos y otra Srita. Ofrece un convenio dando hoy 2 mil pesos.

    ¿Qué podemos hacer?

    • Victor, comentó hace 5 años:

      Hola, la situación no es del todo clara.
      Lo mejor es que busquen a un buen abogado y de su confianza que los asesore, él les indicará qué pueden o deben hacer.

      La situación del préstamo es independiente al crédito infonavit, aunque lo hayan dado de garantía.

  41. Ruben, comentó hace 4 años:

    Q tal buenas tardes
    Tengo una pregunta… Q hacer..
    Hace 13 años firme un pagaré sin fecha de vencimiento
    Sin los datos del lugar en donde me hacían el préstamo
    Y sin los datos completos de la ciudad en donde se requería el pago
    Estuve pagando los intereses correspondientes por 7 años y medio pero ya no pude cubrir la cuenta y quedo de liquidará un hermano
    Más este nunca la saldo
    Y después de que pasaron casi 6 años me piden que les pague
    Tiene valor el documento..?
    Después de los 13 años q pasaron
    Tomando en cuenta que el pagaré no tiene feche de vencimiento
    Pero si la fecha de elaboración que fue el día 18 de junio del 2006

    • Morris, comentó hace 3 años:

      Lo mejor es consultar con un abogado.